Senave establece requisitos para la exportación de chía a Japón

Asunción, Agencia IP.- El Servicio Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semillas (Senave) estableció la obligatoriedad de contar con resultados de análisis de residuos de plaguicidas para la exportación de granos de chía a Japón, el cual deberá incluir el principio activo atrazina.
La medida se enmarca en la Resolución N° 648 del 5/12/25 teniendo en cuenta la importancia de garantizar la inocuidad de los productos paraguayos y asegurar el cumplimiento de las disposiciones técnicas establecidas por el país de destino.
La normativa determina que se deberán tomar muestras de todas las partidas de chía a ser exportadas a este destino, y tecnicos del SENAVE realizarán el muestreo previo al embarque en el depósito o planta de la empresa exportadora, debidamente habilitada por la institución y en ningún caso fuera de ella.
El analisis podrá realizarse en el laboratorio del SENAVE u otro debidamente habilitado por la institución.
Asimismo, el SENAVE puntualiza que en ningún caso autorizará la emisión del certificado fitosanitario de exportación a las empresas exportadoras que no hayan cumplido con los requisitos técnicos establecidos.



